Cómo hacer la posesión efectiva en línea, paso a paso
La posesión efectiva de una herencia sin testamento se tramita ante el Registro Civil y puede hacerse completamente por internet. Esta es la ruta del trámite, y también lo que suele complicarse en el camino.
Paso 1 · Reunir los antecedentes
- Certificado de defunción de la persona fallecida (causante).
- Certificados que acreditan parentesco: matrimonio o acuerdo de unión civil, nacimientos de los hijos.
- RUN de todos los herederos — la solicitud debe incluirlos a todos, aunque la presente uno solo.
- Antecedentes de los bienes: inscripciones de propiedades en el Conservador, padrón de vehículos, certificados de saldos bancarios, fondos de AFP y seguros.
Paso 2 · Preparar el inventario valorado
Es la parte más delicada del trámite: hay que listar y valorizar todos los bienes del causante a la fecha del fallecimiento — inmuebles (con sus datos de inscripción y avalúo fiscal), vehículos, cuentas, fondos previsionales, acciones y menaje. Un inventario incompleto o mal valorizado es la causa más común de observaciones y de problemas posteriores con el SII y el Conservador.
Paso 3 · Presentar la solicitud en línea
La solicitud se ingresa en el sitio del Registro Civil con ClaveÚnica, completando los datos del causante, de todos los herederos y el inventario. Luego se paga el arancel correspondiente, que depende del valor de la masa hereditaria (las herencias de menor cuantía quedan exentas).
Paso 4 · Seguimiento y posibles observaciones
El Registro Civil revisa la solicitud. Puede aprobarla, o observarla si falta un heredero, un certificado no coincide o el inventario tiene errores. Las observaciones deben subsanarse para que el trámite avance — aquí es donde más solicitudes "hechas a pulso" quedan estancadas meses.
Paso 5 · Resolución e inscripción
Aprobada la solicitud, se dicta la resolución que concede la posesión efectiva y se inscribe en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas. Con eso puedes acreditar tu calidad de heredero. Si hay propiedades, siguen la declaración del impuesto a la herencia y las inscripciones en el Conservador.
¿Se puede hacer sin abogado?
La ley permite que el trámite ante el Registro Civil lo haga directamente un heredero. En la práctica, el inventario valorado, la determinación correcta de todos los herederos y la coordinación con el impuesto y el Conservador concentran los errores que después cuestan caro. Si tu caso tiene propiedades, varios herederos o dineros en bancos, la revisión de un abogado se paga sola.
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